
Gran polémica desató en Estados Unidos la deportación a El Salvador de más de 260 venezolanos, muchos de ellos señalados como miembros del Tren de Aragua, empleando como justificación una ley de hace más de 200 años que le otorga al presidente en funciones ciertos poderes extraordinarios cuando se está en guerra con otro país.
El revuelo es no solo por la cuestionada legalidad de la maniobra, sino también por un posible desacato frente a la decisión de autoridades judiciales y que algunos ven como el inicio de una crisis constitucional en Estados Unidos.
El viernes en la tarde, e inicialmente de manera secreta, el presidente Donald Trump firmó un decreto proclamando la invocación del Acto para los Enemigos Extranjeros, disposición de 1798 que le permite al mandatario expulsar del país a ciudadanos de naciones con los que existe un conflicto armado -o la posibilidad de uno- sin tener que procesarlos a través de los mecanismos regulares o normas del debido proceso.
261 migrantes fueron enviados a El Salvador
Finalmente se confirmó que el sábado fueron enviados 261 migrantes, embarcados en varios aviones, rumbo a El Salvador debido a un acuerdo al que se llegó previamente con el gobierno de Nayib Bukele para retener a extranjeros en las cárceles de su país.
De esas personas, cerca de 170 serían supuestos miembros del Tren de Aragua, mientras que otros harían parte de las Maras Salvatruchas. Ambos grupos acaban de ser catalogados como organizaciones terroristas por Estados Unidos.

Medios en Estados Unidos indican que la administración de Donald Trump le pagaría a El Salvador hasta 6 millones de dólares por mantenerlos retenidos.
El mismo sábado, sin embargo, el juez distrital James Boasberg, emitió una orden de emergencia para bloquear el traslado de los migrantes -terroristas según Estados Unidos- luego de que una organización de derechos civiles le pidió intervenir, pues a su juicio, se les estaba negando el debido proceso empleando una ley -el Acto para los Enemigos Extranjeros- que no correspondía al caso.
Eso al menos mientras su legalidad sea revisada por las cortes en una audiencia que se fijó para el miércoles.
El juez, adicionalmente, pidió que los aviones dieran “marcha atrás”, pues según le dijeron los demandantes, estos aún se encontraban en pleno vuelo.
Pocas horas después, el domingo en la mañana, Bukele publicó un video en redes sociales con los migrantes en grilletes, ya en custodia, y mofándose de la Corte: “Opsies, muy tarde”, se leía en el mensaje, que fue circulado por el Departamento de Estado y la Casa Blanca.
Sin embargo, persisten dudas sobre si la orden del juez salió antes de que los aviones aterrizaran.
Un análisis del patrón de los vuelos indica que si bien los aviones ya habían despegado cuando el juez emitió su orden (7:00 pm del sábado), estos aterrizaron en El Salvador después de la medianoche

Voceros de la administración Trump dijeron este lunes que no se había desacatado al juez -eso estaría por determinarse-. Pero fueron más allá al indicar que el bloqueo del juez es inconstitucional y, por tanto, no aplicable.
“Las cortes federales no tienen jurisdicción sobre cómo el presidente maneja las relaciones exteriores y sus poderes para expulsar enemigos. Un juez de una ciudad no puede redirigir el movimiento de un avión lleno de terroristas extranjeros que están siendo expulsados del territorio estadounidense”, dijo Karoline Leavitt, portavoz de la Casa Blanca.
De acuerdo con otro funcionario del Departamento de Justicia, “independientemente de la hora en que salieron los aviones, la decisión del juez fue ilegal y sin base”.
En qué consiste la ley Acto para los Enemigos Extranjeros de Estados Unidos
El asunto, en cualquier caso, es de una enorme complejidad y plantea tres preguntas fundamentales, todas interrelacionadas.
La primera es sobre la legalidad misma de las deportaciones a través del Acto para los Enemigos Extranjeros.
Originalmente, el Acto hizo parte de un conjunto de cuatro leyes que se aprobaron durante la presidencia de John Adams, cuando Francia y Estados Unidos estaban al borde de un conflicto bélico.
Dado que en Estados Unidos el Congreso es el único que puede declarar una guerra, y temiendo que el Legislativo no estuviese sesionando tras el estallido de un conflicto, en ese momento se le dio amplios poderes al presidente para hacerlo y tomar medidas adicionales.

Y si bien los poderes fueron eliminados o modificados años después, durante la presidencia de Thomas Jefferson (1801-1809), el Acto para los Enemigos Extranjeros fue el único que se mantuvo.
Esta ley le permite al presidente omitir el proceso habitual ante los tribunales de inmigración para detener y expulsar a cualquier persona mayor de 14 años que provenga o sea ciudadano de un país que se considera “hostil” siempre y cuando se le haya declarado la guerra a ese país o si el presidente considera que hay riesgo de una invasión contra Estados Unidos.
La idea, tras el Acto, es que una persona de otro país sería leal a su patria y, por lo tanto, se convertiría en una amenaza contra Estados Unidos en caso de estar en guerra.
Desde entonces la ley solo se ha invocado en tres ocasiones: en 1812, durante la guerra con Reino Unidos, y en las dos guerras mundiales del siglo pasado. Durante estas últimas se persiguió a ciudadanos de Alemania o austrohúngaros, Italia, y Japón, países con los que hubo conflicto.
En 1941, tras los ataques contra Pearl Harbor, Estados Unidos puso en campos de concentración a más de 100.000 personas con descendencia japonesa, a las que años después se les pidió disculpas y ofreció reparaciones.
El problema en el caso actual es que Estados Unidos no está en guerra con Venezuela y tampoco sería fácil alegar que el Tren de Aragua hace parte del régimen de Nicolás Maduro o que su fin sea invadir.

"Un abuso flagrante"
Jean Reisz, profesora de derecho de la Universidad de California, considera que si bien Trump tiene el poder de invocar el Acto, otra cosa es demostrar ante una corte que Venezuela es un país hostil y cuyo objetivo es apoderarse de Estados Unidos.
Más de fondo, decía al diario The Washington Post, para Katherine Yon Ebright, experta en derecho constitucional del Centro Brennan, “la interpretación que le están dando al Acto contradice siglos de práctica legislativa, presidencial y judicial, que confirman que la Ley de Enemigos Extranjeros es una autoridad para tiempos de guerra. Invocarla en tiempos de paz para eludir la ley de inmigración convencional es un abuso flagrante”.
Para estos expertos existen mecanismos legales más adecuados para encarcelar, procesar y deportar a este tipo de supuestos criminales.
Pero desde que se posesionó, la administración Trump viene presentando el flujo de migrantes por la frontera sur como una “invasión”. De allí que ahora estén recurriendo a una antigua norma que no se utilizaba desde hace más de 80 años ni siquiera durante otras guerras declaradas como las de Irak y Afganistán.
Y si bien han venido empleando otro tipo de mecanismos para deportar, el Acto les permite hacerlo de una manera más expedita. Sobre todo en el caso de ciudadanos de otros países, como Venezuela, que no les reciben los deportados, pues aunque Nicolás Maduro aceptó acoger a sus connacionales, el proceso ha estado plagado de contratiempos.
Eso, en todo caso, es lo que deberían determinar las cortes una vez se presenten los alegatos de fondo.
El segundo aspecto que genera polémica, y que es igualmente delicado, tiene que ver con cómo la administración Trump ha comenzado a sugerir que no se dejará “maniatar” por las decisiones de los jueces cuando estas se inmiscuyan en atribuciones presidenciales.

Ejemplo de ello fue lo que ocurrió el fin de semana, cuando, aparentemente la Casa Blanca ignoró la orden del juez de devolver los aviones. Asimismo lo ha venido haciendo en otros frentes, como el reintegro a sus trabajos de empleados federales destituidos o el congelamiento de fondos en ayuda internacional.
Todas decisiones que plantean un abierto desafío al concepto de la separación de poderes, donde cada rama -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- sirven de contrapeso frente a las otras.
En ese contexto, el desacato a la decisión de un juez -así no se esté de acuerdo- sería un abierto desafío al sistema democrático estadounidense y el inicio de una crisis constitucional.
Y, dado que los jueces solo pueden emitir órdenes pero no tienen capacidad para hacerlas cumplir, -poder que sí tiene la rama Ejecutiva a través del Departamento de Justicia-, muchos temen que lo que viene ocurriendo sea el preludio de esa fractura.
“El Departamento de Justicia puede alegar que el bloqueo de un juez es ilegal porque usurpa su poder de manejar las relaciones externas y otros aspectos bajo su potestad. Eso luego puede ser revisado por una corte de apelaciones y la Corte Suprema de Justicia si es el caso”, afirma David Super, profesor de derecho en la Universidad de Georgetown.
El académico destaca que “lo que no se puede es justificar la violación de esa orden desacatando al juez”. “Hay que cumplir con la orden hasta que sea reversada por una instancia superior. De lo contrario, cada quien se vuelve su propia corte y hace lo que cree correcto e incumple lo que no le parece. Y si eso pasa, pues apague y vámonos”, advierte.
El tercer elemento es las dudas que se abren sobre la detención de migrantes indocumentados en un tercer país, en este caso El Salvador, que a partir de ahora tendría jurisdicción.
Bukele ha dicho que estas personas serán sometidas “a un año o más de trabajo forzado”, pero no es claro si tendrán derecho a un debido proceso u otro tipo de garantías constitucionales.

Eso sumado a que, más allá de que Trump los señala como “peligrosos criminales miembros del Tren de Aragua”, en la mayoría de los casos eso nunca se determinó en un proceso judicial.
Ya se presentó un caso en otra deportación previa en el que se arrestó y deportó a una persona por tener tatuajes. Pero, según la persona que es de origen venezolano, los tatuajes no son alusivos a ninguna banda criminal y los tiene porque le gustan y porque afirmó que trabaja como tatuador.
Juan Pappier, de Human Rights Watch (HRW), señala que El Salvador lo que está ofreciendo es una “versión latinoamericana de Guantánamo”, en referencia a la base militar que se convirtió en una prisión donde Estados Unidos enviaba a capturados en las guerras de Irak y Afganistán para evitar su procesamiento en las cortes del país donde hubiesen gozado de garantías constitucionales.
“Salir del sistema penitenciario de El Salvador es extremadamente difícil. Además, las personas detenidas en estas cárceles están aisladas del mundo exterior y no tienen acceso a ningún recurso legal genuino. En muchos casos son sometidas a torturas y malos tratos brutales”, dijo Pappier a EL TIEMPO.
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